Febrero de 2026 marca un antes y un después en el panorama penal tributario argentino. La promulgación de la Ley de Inocencia Fiscal ha generado un profundo cambio en las reglas de juego, elevando drásticamente los umbrales de punibilidad y ofreciendo nuevas vías para regularizar deudas sin enfrentar la privación de la libertad. Esta reforma, calificada de “absolutamente necesaria” por especialistas, impacta directamente en la seguridad jurídica de las empresas que operan en regiones estratégicas como la Patagonia, donde sectores clave como la Minería y la Energía gestionan volúmenes financieros significativos.
Umbrales Actualizados: Menos Riesgo de Prisión por Deudas Menores
Uno de los ejes centrales de la nueva ley es la actualización de los montos que definen el delito de evasión fiscal. Durante años, los valores de los umbrales de punibilidad habían quedado obsoletos, generando situaciones donde deudas con ARCA de apenas u$s1.000 podían derivar en un proceso penal. Este desfasaje creaba un escenario de alta vulnerabilidad para contribuyentes y empresas. Con la Ley de Inocencia Fiscal, se incrementan estos montos, reservando las penas de prisión para casos de evasión de mayor envergadura y modernizando la normativa a la realidad económica actual.
Mecanismos Estratégicos para Evitar la Acción Penal
La reforma introduce importantes novedades que permiten a los contribuyentes regularizar su situación antes o incluso después de iniciada una denuncia penal, ofreciendo herramientas de gestión para la prevención y resolución de conflictos fiscales:
- Cancelación Previa a la Denuncia: Se establece que no se formulará denuncia penal cuando el contribuyente cancele en forma total e incondicional las obligaciones evadidas (más intereses) con anterioridad a la presentación de la denuncia. Es crucial destacar que este beneficio podrá ser utilizado una sola vez por cada persona humana o jurídica.
- Extinción de la Acción Penal Iniciada: Aun cuando la acción penal ya se encuentre en curso, se establece la posibilidad de extinguirla. Para ello, el contribuyente debe regularizar íntegramente la deuda y sus intereses, y abonar un importe adicional equivalente al 50% del total. Este pago debe realizarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación fehaciente de la imputación penal.
- Prescripción de Facultades del Organismo Recaudador: Adicionalmente, la ley introduce una regla expresa según la cual la acción penal tributaria y de Seguridad Social no será perseguida cuando se encuentren prescriptas las facultades del organismo recaudador para determinar los tributos correspondientes.
Impacto y Visión de Expertos
Desde el ámbito legal, la gerente del departamento de Derecho Penal Empresarial del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich, Sofía Belén Calviño, aseguró que “el cambio normativo en lo que hace a la actualización de los montos era absolutamente necesario”. Este consenso entre especialistas destaca la importancia de la reforma para alinear la legislación con la realidad económica, eliminando mínimos de punibilidad que resultaban “irrisorios”. La aplicación del principio de la ley penal más benigna sobre casos pasados y presentes genera un alivio y una mayor previsibilidad en el marco jurídico, un factor crítico para la estabilidad y el desarrollo de la actividad económica, especialmente en sectores que requieren grandes inversiones y operan con alta complejidad fiscal en la región patagónica.


