El **Gobierno del Chubut**, a través del **Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas**, ha oficializado un crucial **ordenamiento territorial preliminar** del uso público en el **Área Natural Protegida Piedra Parada**. Esta medida busca consolidar el destino como un eje central del **turismo de aventura en la Patagonia central**, garantizando al mismo tiempo la **conservación** de sus invaluables **valores geológicos, arqueológicos y paisajísticos**.
Piedra Parada: Proyección Internacional y Crecimiento Exponencial
Piedra Parada, categorizada bajo la figura de **Paisaje Terrestre Protegido**, ha experimentado un **incremento sostenido** en la afluencia de visitantes durante las últimas temporadas, posicionándola como un escenario predilecto a nivel internacional. Los perfiles de los visitantes se vinculan principalmente a la **escalada deportiva**, el **trekking de baja y media dificultad** y el **avistaje de fauna silvestre**. Según estadísticas oficiales, solo en el mes de **enero de 2026** se contabilizaron más de **4.100 visitantes**, una cifra que subrayó la necesidad imperante de formalizar un esquema de control más estricto.
Claves del Nuevo Ordenamiento: Cinco Unidades de Uso Público
La medida establece la **sectorización** del área en **cinco Unidades de Uso Público (UUP)**, una herramienta de gestión técnica fundamental para el desarrollo sostenible del destino. Este sistema permite:
- **Organizar las actividades recreativas**.
- **Delimitar espacios** según su sensibilidad ambiental y nivel de frecuencia de visitantes.
- **Mejorar significativamente la experiencia** de quienes recorren el sitio.
El objetivo central de esta planificación consiste en garantizar la **conservación de los valores naturales y culturales** del área mientras se mantiene una **apertura controlada al público**.
Impacto en la Conservación y Seguridad Regional
La delimitación de sectores resulta fundamental para ordenar los flujos turísticos, brindando **mayor seguridad a los deportistas** y facilitando las tareas de **fiscalización y monitoreo** por parte de los guardafaunas. Además, promueve un **uso responsable del territorio** por parte de los prestadores de servicios, optimizando la interacción entre la actividad humana y el entorno natural.
Distribución Estratégica para un Uso Responsable y Protección Patrimonial
La creación de estas **Unidades de Uso Público** permite identificar áreas específicas para el desarrollo de actividades intensivas. Un ejemplo claro es el **Cañadón de la Buitrera**, donde la práctica de la escalada deportiva genera una concentración importante de personas en paredes específicas. Con el nuevo ordenamiento, se establecieron:
- **Zonas destinadas a usos mixtos**.
- **Áreas estrictamente orientadas a la conservación técnica**.
Esta planificación estratégica contribuye directamente a la protección de **sitios de alta sensibilidad ambiental**, que funcionan como hábitats de especies emblemáticas de la estepa, como el **Chinchillón**. Asimismo, la medida resguarda sectores que poseen un **alto valor patrimonial y arqueológico**, los cuales podrían verse afectados por el tránsito indiscriminado de personas fuera de los senderos habilitados, consolidando un modelo de desarrollo turístico que equilibra la explotación con la preservación.


